Colabora

El sector no lucrativo o el denominado tercer sector ha experimentado un crecimiento notable en los últimos años, en especial desde la aprobación de la Ley de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General del año 1994, marco que se consolidó en el año 2002 con la aprobación de la nueva ley de fundaciones y mecenazgo y la Ley Orgánica reguladora del derecho de asociación.

Se trata de un sector activo en múltiples campos como la acción social, la educación, la cultura, la investigación, el medioambiente, la cooperación al desarrollo o la innovación, entre otros muchos. Las fundaciones y asociaciones que lo conforman son entidades operativas que desarrollan sus propios proyectos, que financian proyectos y actividades de terceros o que provee bienes o servicios a otras personas o entidades o a las propias administraciones públicas.

La regulación de estas organizaciones ha ido evolucionando al tiempo que lo ha hecho el sector, y su gestión requiere cada día una mayor profesionalización y especialización. El análisis de su régimen jurídico abarca desde cuestiones tradicionales como el régimen administrativo de supervisión de las fundaciones o las formas de financiación de las entidades sin fines de lucro, a regulaciones mucho más recientes que han afectado a todo tipo de personas jurídicas pero que presentan ciertas especialidades. Entre ellas, sus obligaciones en materia de prevención de blanqueo de capitales o las derivadas de las distintas legislaciones en materia de transparencia.

Asimismo, el desarrollo de la filantropía o la responsabilidad social corporativa implican una imbricación y una colaboración cada vez mayor de los sectores privado y público con el denominado tercer sector, que abre nuevas perspectivas a los distintos actores que operan a su alrededor.

Plan de Estudios

I. Marco general: concepto y régimen jurídico general de fundaciones civiles, fundaciones canónicas, asociaciones y entidades singulares.
 
II. Sistema de supervisión de las fundaciones: régimen jurídico del protectorado, régimen de autorizaciones y comunicaciones administrativas.

III. Régimen jurídico y formas de financiación de las entidades sin fines de lucro: financiación privada, subvenciones, contratos públicos, realización de actividades económicas o prestaciones de servicios y otros contratos típicos.
 
IV. Modificación, fusión, extinción y otras modificaciones estructurales de las entidades sin fines de lucro.
 
V. Gobierno de las entidades sin fines de lucro, rendición de cuentas y transparencia: características del gobierno de fundaciones y asociaciones, responsabilidades y obligaciones de sus administradores; obligaciones de transparencia y rendición de cuentas.
 
VI. Régimen fiscal de entidades sin fines de lucro y régimen fiscal del mecenazgo y otras formas de colaboración con entidades sin fines de lucro.
 
VII. Entidades sin fines de lucro y obligaciones en materia de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.
 
Metodología
El curso combinará un enfoque académico y práctico, analizando en detalle la problemática jurídica concreta y práctica de las organizaciones sin fines de lucro.
Se celebrarán varias mesas redondas en las que se abordarán cuestiones específicas de las distintas tipologías de fundaciones y otras entidades sin fines de lucro – corporativas, patrimoniales, operativas, financiadoras – y por áreas sectoriales de actuación. 

 

Dirección

Isabel Peñalosa.
Directora de Relaciones Institucionales y Asesoría Jurídica de la Asociación Española de Fundaciones.

Profesorado

Carmen Acedo Grande.
Abogado del Estado Jefe. Abogacía del Estado en el Ministerio de Cultura y Deporte.
José Manuel Almudí Cid
Profesor Titular de Derecho financiero y tributario. Director de la Escuela Práctica Jurídica UCM.

Alejandro Blázquez Lidoy.
Catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad Rey Juan Carlos.
Raquel Cabeza.
Ex Subdirectora General de Inspección y Control de Movimientos de Capitales, Secretaría General del Tesoro, Ministerio de Economía y Empresa.
Miguel Cruz Amorós.
Of Counsel PWC, ex Director General de Tributos del Ministerio de Economía y Hacienda.
Cristina López Hernández
Jefa de Área del Registro de Fundaciones de competencia estatal.
Antonio López Poza.
Abogado-Asesor Fiscal. Ex Director de Asesoramiento Fiscal de CECA.
Rafael de Lorenzo.
Secretario General del Consejo General de la ONCE.
Fernando Marín de la Bárcena
Profesor Titular de Derecho Mercantil de la UCM. Consejero de GA&P
Isidoro Martín Dégano.
Profesor Titular de Derecho Financiero y Tributario de la UNED.
Adolfo Menéndez Menéndez.
Abogado Ontier España, abogado del Estado en excedencia.
Diana Navas
Gerente de la Asociación Patronal Matritense de Notarios y de FEDANE (Federación de Asociaciones de Notarios de España).
José Pedreira Menéndez.
Catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Oviedo.

José Luis Piñar Mañas.
Of Counsel en CMS Albiñana & Suárez de Lezo. Catedrático de Derecho Administrativo Universidad San Pablo CEU.
Amelia Riestra López
Consejera Técnica del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

Carmen Rodríguez Gil.
Directora de Administración y Finanzas de UNICEF.

Solicitud de matrícula

La matrícula se podrá realizar, sin interrupción, hasta el comienzo del curso. Las plazas son limitadas y se cubrirán por orden de solicitud de inscripción.
Para formalizar la matrícula es necesario realizar el abono correspondiente, haciendo el ingreso por el importe del curso completo o por la cuantía de la inscripción (si el Curso lo permite) si se opta por pago fraccionado.

Dicho ingreso debe realizarse:

  1. Mediante transferencia bancaria a la cuenta de la Escuela de Práctica Jurídica de la Universidad Complutense de Madrid, abierta en el Banco de Santander, calle Alcalá, nº 26, número: ES82 0075 0001 82 0660003338, y enviando posteriormente el resguardo a la secretaria de la Escuela epj@epj.es y los datos completos del alumno: nombre y apellidos, D.N.I, dirección completa con C.P, e-mail y teléfono móvil.

  2. Matriculación online
    Si lo desea puede matricularse online.

Los alumnos y antiguos alumnos de la UCM y de la EPJ, disfrutarán de una bonificación del 10% en el importe de matrícula. En dicho importe queda incluido el material de enseñanza y expedición de diploma o certificado de asistencia, en su caso.
Descuento del 10% para fundaciones asociadas a la Asociación Española de Fundaciones.
La Escuela se reserva el derecho de suspender la realización de alguna de las enseñanzas programadas por circunstancias que así lo aconsejen y modificar la extensión y contenido de las distintas materias, haciéndolo saber con la suficiente antelación.

Precio

1200 euros.
Descuento del 10% para fundaciones asociadas a la Asociación Española de Fundaciones..
Los alumnos y antiguos alumnos de la UCM y de la EPJ se beneficiarán de un 10% de descuento en el importe de la matrícula.

Este Curso puede ser bonificado a través de FUNDAE (Fundación Tripartita).
La Escuela de Práctica Jurídica de la UCM está inscrita en el Registro Estatal de Entidades de Formación que depende de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE), como entidad que puede impartir formación profesional para el empleo, lo que implica que su empresa u organismo puede acogerse al sistema de formación bonificada, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo.
Todas las empresas disponen de un crédito anual exclusivamente destinado a la formación de sus trabajadores que pueden hacer efectivo mediante la aplicación de bonificaciones a la Seguridad Social para formar a sus trabajadores a coste cero (siempre que se cumplan determinadas condiciones). 

Horarios

Del 1 de febrero al 29 de marzo de 2023
Lunes y miércoles de 16:30 a 19:30 h.

La asistencia mínima requerida al curso será del 70%, en cualquiera de las modalidades.
Los alumnos matriculados en la modalidad online deberán tener la cámara conectada y asistir en directo al menos al 40% de las sesiones.

Esta titulación podrá cursarse tanto en modalidad presencial como telepresencial. En esta segunda modalidad, los alumnos pueden conectarse a las clases presenciales impartidas en la EPJ desde cualquier dispositivo electrónico, planteando al profesorado las dudas y cuestiones que estimen pertinentes e interactuando con el resto de los alumnos, tanto presenciales como telepresenciales, en tiempo real. Asimismo, podrán visionar las sesiones en diferido durante un periodo limitado de tiempo. La EPJ cuenta, a estos efectos, con un moderno campus virtual, desarrollándose la docencia telepresencial a través de la aplicación “Zoom".